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Dicho personal podrá hacerse cargo de lo siguiente entre otras actividades:
- Pago de los recibos de luz, teléfono, agua, etc.
- Entrega de Facturas.
- Entrega y recoleccion de cartas, invitaciones y/o cualquier otro escrito.
- Cobro de documentos, etc.
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Cualquier ausentismo será cubierto en un lapso máximo de sesenta minutos.
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No existen plazos forsosos ni penalizaciones por cancelación de servicios.
- El personal contará con todas las prestaciones que marca la Ley como lo son: IMSS, RCV, INFONAVIT, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, etc., deslindándolo a usted de toda responsabilidad laboral.